lunes, 11 de abril de 2016

Fideicomiso

Es un contrato por medio del cual, el gobierno federal, los gobiernos de los estados o los ayuntamientos, a través de sus dependencias centrales o paraestatales, con el carácter de fideicomitente, trasmite la titularidad de bienes del dominio público (previo decreto de desincorporación), o del dominio privado de la Federación, entidad o municipios o afecta fondos públicos locales y municipales.


El Fideicomiso Público es una entidad que el gobierno federal, o alguna de la demás entidades paraestatales crea con la intención de llevar acabo un fin lícito y determinado, obteniendo desarrollo económico y social a través del manejo de recursos propiedad del Gobierno Federal y administrados por una institución fiduciaria.

Estructura del fideicomiso público.
Se constituye por tres elementos: 
v  Los fideicomisarios o beneficiarios. Es el destinatario final o natural de los bienes fideicomitidos
v  El fideicomitente. Atribución que corresponde únicamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
v  Fiduciaria. Puede ser cualquier institución o sociedad nacional de crédito. 

Los  fideicomisos públicos también pueden presentarse sin una estructura orgánica análoga a una institución y son constituidos por el Gobierno Federal a través de las dependencias y entidades, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el objetivo de administrar recursos públicos fideicomitidos destinados al apoyo de programas y proyectos específicos, que tengan por objetivo un bien común predeterminado para los gobernados

Modalidades del Fideicomiso Publico
Fideicomiso testamentario. En esta modalidad se dispone que al fallecer se transfieren bienes o derechos al fiduciario, para que éste los administre o transmita a los herederos designados, conforme a los herederos designados.


Fideicomiso de inversión simple: el fideicomitente entrega al fiduciario una cantidad de dinero, para que la institución adquiera determinados valores o establezca las mejores inversiones, procediendo a aplicar los productos como el fideicomitente disponga.

Fideicomiso de administración: el fideicomitente transmite la facultad de administrar las bienes inmuebles, para que la institución se encargue de cobrar los productos correspondientes, aplicándolos a favor del fideicomitente o de tercera persona.

Fideicomiso con base en póliza de seguro: el fideicomitente que cuenta con seguro de vida designa como beneficiaria a la institución para que ésta, al fallecimiento, reciba el importe del seguro y constituya un fondo que será administrado y aplicado de acuerdo con las condiciones señaladas en el contrato del fideicomiso.

Fideicomiso con garantía sobre valores: tiene como finalidad garantizar con valores o derechos el pago de adeudos. La institución fiduciaria conserva los documentos en garantía en tanto se cumpla con la obligación.
LEYES QUE LO REGULAN 
  1.  LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PUBLICO
  2.  LEY GENERAL DE DEUDA PUBLICA
  3. EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN
  4. LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN
  5. LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES
  6. LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS.
  7. LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO 
  8. LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES 

No hay comentarios:

Publicar un comentario